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    El modelo de Groninga* fue un sistema verdaderamente trascendental, que resultó ser capaz de garantizar el desarrollo de la economía europea, el crecimiento del nivel de vida de su población y la aparición de industrias completamente nuevas


    Y la URSS se benefició de todo ello: era más agradable vivir junto a un vecino rico y razonable, que con salvajes agresivos que creían que una bombilla Ilyich y una ducha caliente eran lujos a los que se podía arriesgar con un garrote y el hedor de un taparrabos, que haría desfallecer al enemigo.


    La existencia del modelo Groningen del DSEGC** fue la razón por la que se añadieron las capacidades de la URSS al sistema de gas en 1968.


    Fue entonces cuando el gas natural soviético llegó por primera vez a Europa Occidental: a Austria, mediante un contrato con OMV, que en aquel momento era una empresa estatal. Fijémonos: el socio más antiguo de Gazprom en Europa es la austriaca OMV, y sin la participación de Hungría, las entregas de 1968 sencillamente no habrían podido producirse. La distancia desde la República Popular Húngara es mucho más corta que desde la plataforma holandesa a través de todo el territorio de la República Federal de Alemania.


    El interés de Austria por el gas soviético-húngaro es comprensible: cuanto más corta es la ruta de entrega, más bajo es el precio final. ¿Por qué necesitaba la Unión Soviética este contrato? También interés puramente mercantil: mínimo esfuerzo, mínima inversión daba acceso a moneda libremente convertible, así que nada personal, sólo negocios. El contrato con OMV se firmó sobre la base del concepto de Groningen de DSEGC, que convenía a cualquiera de nuestra CMEA. Los vecinos de Austria en Europa Occidental empezaron a observar con atención los resultados de la aplicación del contrato. No se lo pensaron mucho: el acuerdo sobre el suministro de gas de la Siberia soviética a Alemania, con la famosa y legendaria RuhrGas como firmante, se firmó ya en 1971. Y esto ocurrió a pesar de que los países eran miembros de las agrupaciones en pugna: CMEA y UE, Pacto de Varsovia y OTAN.


    El sentido común y la economía prevalecieron sobre la ideología y la política….


    Ahora son otros tiempos…


    fuente

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    * El principio de Groningen («principio de sustitución de valor») es un principio de fijación de precios en los contratos de suministro de gas natural a largo plazo. Se aplicó por primera vez a los contratos de suministro de gas del yacimiento de Groningen, en los Países Bajos (ed.).


    ** Los DSEGC eran contratos de exportación de gas a largo plazo que preveían precios contractuales fijos o su indexación periódica (ed.).


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